Archivo de la categoría: El Ministerio y el indulto

Última actualización

A partir de hoy, el dominio http://www.ladoblehelice.com acoge la transformación de este blog en otra cosa. Esta herramienta que durante casi dos años y medio ha estado al servicio de un proyecto, la investigación y escritura de un libro, Justicia poética, deja por tanto de actualizarse.

Pero no se vayan, porque todo seguirá donde estaba: www.ladoblehelice.com

Justicia Poética está en las librerías

Poco más de un mes

El libro estará en las librerías españolas a finales de enero. He cambiado el título. Y estoy muy contento: Falsos testigos del porvenir era mucho más oscuro que Justicia poética. Los dos recogen bien el tiempo del que habla, pero el de la edición argentina lo hacía sólo calificando a sus funcionarios, que levantan acta del mundo como si el mundo fuera una hoja en blanco. Este de la edición española anuncia mejor el estilo y el tema del libro, que es para lo que sirven los títulos. Y es, aun con todas sus ambigüedades, más transparente. La portada de Martín Elfman, como ya dije, creo que  ilustra a la perfección la tesis del libro. Tanto, que incluso contiene la doble lectura que el texto no llega a desarrollar del todo y que no sé si alguna vez escribiré. Los párrafos de la contraportada mejoraron mucho después de pasar por las manos de Arantxa Martínez. En fin, que no me importaría que me juzguen no sólo por el contenido, sino también por la forma del libro, cosa que agradezco a Elena Ramírez, editora de Seix Barral, hacia donde un mensajero se acaba de llevar las pruebas corregidas.

Edición española

La versión española de Falsos testigos del porvenir aparecerá  en febrero de 2010, publicada por Seix Barral.

Así que ahora que empiezo a trabajar con vistas a esa reedición, y trabajaré hasta que termine agosto, agradezco los comentarios, sugerencias y correcciones que los lectores de la edición argentina quieran dejar aquí.

El libro está en la calle

Falsos testigos del porvenir ya está disponible aquí.

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Últimas noticias sobre Tommouhi y el otro

El ex-fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, compareció el pasado 1 de julio en la comisión de peticiones del Parlament catalán para hablar del caso de Ahmed Tommouhi y el otro, según se refirió Mena al fallecido Abderrazak Mounib. Los periódicos (I, II y III) informaron sobre una supuesta reforma legislativa que habría propuesto Mena y que abriría una salida legal a este caso: que un nuevo tribunal revisara las causas por las que sigue cumpliendo condena. Los periodistas no debieron de aguantar hasta el final de la sesión, porque en su segundo turno de palabra, el propio Mena rebajó el opitimismo de una de las diputadas, que había interpretado –y se puso muy contenta– lo mismo que los periodistas:

«No cantemos victoria, existe una necesidad objetiva de seguridad jurídica para todos los ciudadanos, también para las víctimas; existen necesidades de plazos en la interposición de los recursos. Es decir, si se hace una propuesta que es la que yo sugiero, de reforma, en la reforma de la Ley de enjuiciamiento criminal, aquí tiene que haber unos problemas de plazos, la ley difícilmente va a dar plazos de cuatro de ocho años para recurrir, pero luego hablaremos de ello.»

Luego dijo esto:

«Pongo esto como ejemplo, que se me sugiere ahora, a bote pronto, como ejemplo de que  el legislador puede inventar cómputos de plazos a partir de momentos determinados y muy bien puede decir «cuando se dé estas circunstancias, la aparición del autor auténtico, empieza a correr el plazo para  interponer el recurso de apelación», por poner un ejemplo. Quiero decir, que [con] los plazos se puede inventar algo, es cuestión de echar un poco de imaginación. «

La  interpretación periodística de la propuesta del señor Mena, con la que titularon los diarios, respecto del caso de Tommouhi y Mounib, se basa, pues, en ese poco de imaginación. El ex-fiscal jefe, además, se refería a una reforma que abriría definitivamente la doble instancia, a través de un recurso de apelación, con lo que difícilmente puede pensarse que el legislador, que ciertamente puede inventar cómputos de plazos, inventara uno para que los delitos juzgados desde 1991 en adelante, o desde 1995, pudieran ahora recurrirse en apelación. Pero es que además, en este caso las condenas en vigor son jurídicamente independientes, puesto que los hechos fueron juzgados por separado, así que la aparición de García Carbonell, que es en quien Mena estaba pensando con eso de autor auténtico, ya sobrevenida,  sólo afectó a la causa de Olesa, y así seguimos hoy, no al resto.

Cuestión distinta sería que se introdujera un nuevo supuesto entre los que abren la vía para un recurso de revisión, uno cuya redacción ajustada a este caso necesitaría, no de un poco de imaginación, sino de un milagro: casi como el de el crimen de Cuenca, cuando «El Cepa», cuyo asesinato habían aceptado confesar dos pastores conocidos suyos, pidió casarse. (Los otros supuestos contemplados hoy en el recurso de revisión son: cuando aparezcan dos condenados por los mismos hechos, cuando la condena se base en un testiminio falso, o en una confesión obtenida ilegalmente, y cuando aparezcan hechos nuevos que evidencien la inocencia del condenado.)

Sobre la petición de indulto, que él mismo había cursado, Mena adelantó una tesis para explicar por qué durante nueve años nadie quiso resolverlo o, lo que viene a ser lo mismo, qué significaban exactamente las palabras del ex ministro López Aguilar cuando dijo que el indulto no era «un mensaje asumible«:

No fue posible, por lo que se ha dicho, y porque cuando ya fue interpuesto el recurso [de indulto] nos encontrábamos, para desdicha del señor Tommouhi, en una fase social positiva, pero con contradicciones, de nuestra dinámica progresista y democrática, que eran los momentos más fervientes de la lucha contra la violencia de género. En esos momentos, pienso yo, y lo pienso con conocimiento de causa [subrayado mío], el Ministerio no tuvo capacidad operativa, como para comparecer concediendo el indulto con la oposición de las víctimas concretas, del hecho concreto, más la terri…, tremenda, terrible no, pero tremenda presión beligerante de quienes estaban apoyando lo que luego ha sido la Ley integral contra la violencia de género.

Por último, de la lectura de las informaciones periodísticas se deduce que ninguno, salvo el diario El Punt, sabe que el Gobierno denegó el indulto de Ahmed Tommouhi el pasado 30 de abril. (Aunque El Punt yerra al sostener que el indulto ha sido denegado por dos gobiernos distintos). De la lectura del acta de la comparecencia, se deduce que Mena tampoco: «Hay soluciones distintas, como es la posibilidad de matices de interpretación en la aplicación de la Ley del indulto». Dijo hay, el pasado 1 de julio.

 

Después de lo escrito: Ya hay otro diario que se ha enterado: El País de hoy  afirma pretende que la denegación del indulto, publicada hace tres semanas (aquí, aquí y aquí), había pasado, excepto para Manuel Borraz, «absolutamente desapercibida».

Alá y el silencio de los periódicos

Hace una semana que sabemos que el Gobierno denegó el indulto a Ahmed Tommouhi (no me consta que hayan resuelto el de Abderrazak Mounib). Tote y Estupefacto han comentado aquí la sorpresa que les produce que ningún periódico haya publicado la noticia. Estupefacto se pregunta por qué si durante nueve años ha sido noticia el retraso en la resolución, no lo ha sido la resolución del retraso. Tote me señala directamente: «que conteste Braulio, ¿no?»

Recojo el guante, aunque solo tengo clara una parte muy pequeña de la respuesta. Antes que cualquier explicación teórica, el por qué la noticia no ha salido en El País, con la posibilidad de que hubiera luego podido ser rebotada por otros medios, se debe en parte a una razón muy tonta: Mónica C. Belaza, experta en condenados por la cara del periódico (I, II y III) está de vacaciones.

¿Por qué no han dicho ni mú, Pere Ríos (El País), Ildefonso Olmedo (El Mundo) o Domingo Marchena (La Vanguardia), que durante años han seguido el caso? No lo sé. Imagino que algo tendrá que ver el cansancio. Pero me parece que influye también el poco glamour de la noticia. Aunque fuera, probablemente,  la última noticia que iban a poder sacar sobre el asunto. La realidad, una vez más, ha estropeado el final de una buena historia: un induto sin resolver durante años, era, en cada cumpleaños, una buena historia. Ahora ya no.

Que la resolución sería negativa ya lo había anunciado el ex ministro de Justicia, López Aguilar: «El Gobierno ha decidido que no es un mensaje asumible indultar a una persona condenada por violación», declaró hace dos años. El enviado del ministerio al programa que Hoy por Hoy le dedicó a este tema cuando se cumplían siete años sin que se hubiera resuelto el indulto dejó entrever, sin embargo, la verdadera razón por  la que no se resolvía: «es que sería muy fácil decir que este expediente se va a llevar al Consejo de Ministros, exclusivamente, para que se rechace. Es decir, cuando se plantean cosas al Consejo de Ministros es para cuestiones que sean favorables al interesado». La respuesta es una idiotez: el Consejo de Ministrros resuelve negativamente la inmensa mayoría de los  indultos (sólo el 5% de las las 9.390 solicitudes presentadas en 2005 fueron aprobadas, por ejemplo). Pero es una idiotez reveladora de la única forma de justicia que en el ministerio y la fiscalía estaban dispuestos a ofrecer a estos dos condenados por la cara: justicia poética. No querían resolverlo porque no querían denegárselo. Pero tampoco era un mensaje asumible…

Ésa es también la única forma de justicia por la que está dispuesto a trabajar el periodismo divine. Nadie ha buscado otra explicación que no fuera la del trágico error. Nadie ha preguntado a los responsables. El documental del pasado martes (puede verse íntegro aquí) es el último ejemplo: no había pruebas de su inocencia, dice tranquilamente el señor Fiscal Jefe, y cambia el plano.  «¿Las buscó usted, señor Mena?», me gustará preguntarle. En un papel que envió  al señor Tommouhi a finales de 1999 a la cárcel, el periodista escribió toda una declaración de principios: «Confía en alá. Pronto serás libre.» Confía en Alá, porque lo que es en nosotros…

La denegación del indulto es un acto demasiado trivial, demasiado burocrático como para cerrar un drama. Que pueda ser al mismo tiempo demasiado brutal, debe obviarse en este caso: es una brutalidad que, por muy compleja que sea, el más tonto sabe que también les señala  a ellos. 

Nota: Como bien comenta Estupefacto, dos excepciones digitales confirman la regla de papel: Arcadi Espada y Manuel Trallero.

 

El Gobierno deniega el indulto a Ahmed Tommouhi

El pasado 30 de abril el Gobierno denegó el indulto a Ahmed Tommouhi. El ex fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, lo había solicitado en su favor el 30 de abril de 1999. Fuente: Manuel Borraz.

El asco

El motor de mi investigación quizá no sea moralmente ejemplar, pero hay días que lo único que me mueve es el asco.

De remover la hemeroteca y encontrarme de nuevo las palabras de aquel ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, declarando ante los periodistas un 28 de julio de 2005 que el gobierno era muy «riguroso» en la administración de la medida de gracia que es el indulto, y que iba a cumplir

«todos y cada uno de los trámites para que llegue al consejo de ministros» (EFE, 28-7-2005),

de volverlo a leer sabiendo que ya no quedaba ningún trámite pendiente. Los informes a los que vagamente, porque es así como conoce el caso, va-ga-men-te, se refería, los informes preceptivos pero no vinculantes de los tribunales que los habían condenado, hacía seis años que el ministerio los tenía en sus cajones:

«Ya no quedan obstáculos para que el Consejo de Ministros debata la concesión o no del indulto a Abderrazak Mounib y Ahmed Tommouhi, los dos presos marroquíes para quien ha solicitado el indulto la fiscalía de Cataluña (…)» (La Vanguardia 19/11/1999)

De ver cómo el entonces Fiscal Jefe de Cataluña, José María Mena, después de solicitar el indulto para los dos marroquíes presos, declaraba:

«Este caso lo estamos siguiendo al milímetro» (La Vanguardia 11/09/1999)

el mismo que en respuesta al abogado de Abderrazak Mounib, con fecha 23 de Marzo de 1999, había reconocido:

«que en esta Fiscalía no se siguen diligencias de investigación sobre las violaciones a que su comunicación se refiere, sin perjuicio de las actuaciones que, en su caso, acuerde practicar la Autoridad Judicial».

De saber que nada había cambiado desde entonces, sólo que Mena manejaba perfectamente el escenario: sabía que a los periodistas les podía contar las milongas que no se podía permitir como respuesta a la petición escrita, puntillosa y legítima, de un abogado. Los periodistas lo repetirían literalmente. El abogado sabía de lo que hablaba. Todavía en 1999 se distinguían así diferentes niveles de compromiso con la verdad: algo que Enrique Anglès Martins, Enriquito, hermano del desaparecido Antonio Anglès, había ya acertado a resumir en una de las sesiones del juicio por el asesinato de las niñas de Alcàsser, cuando el Tribunal le preguntó que por qué declaraba lo contrario de lo que había dicho en la televisión: 

«Es que aquello era la tele y esto es un juisio»[sic]*.

El abogado de Abderrazak Mounib preguntaba por el segundo informe de la Guardia Civil, que daba cuenta de algunos hechos delictivos cometidos con el mismo Renault-5 gris plata, B-7661-FW, con el que también se habían cometido las violaciones de Cornellà y Tarragona. La novedad residía en que esos nuevos delitos se cometieron con los dos marroquíes en prisión. La Fiscalía nunca facilitó ese informe a las defensas, a la de Ahmed Tommouhi tampoco. Un informe que la Fiscalía niega desde hace más de un año también al señor Tommouhi, quien lo solicitó el 11 de enero de 2007, y que ayer seguía sin recibir respuesta. (Y me pregunto por qué, porque todo lo interesante del informe se conoce ya).

Los dos marroquíes siempre se han opuesto al indulto, y desde el primer momento pidieron que se reabriera la investigación. Dado que la petición de indulto del entonces Fiscal Jefe Mena se cursó el 30 de abril de 1999, ya podemos establecer rigurosamente lo que duró la no-investigación de fiscalía sobre los nuevos hechos que reflejaba el segundo informe de la Guardia Civil: 30 días. Un mes justito tardó el Fiscal Jefe en dejar claro que no pensaba aclarar nada y solicitar el indulto, cortándole así el paso a una nueva investigación, y desviando el foco hacia el Gobierno y su medida de gracia, un foco que apenas se enciende, y no siempre, para las efemérides: el 30 de abril cumplirá diez nueve años.

Asco de ver al periodismo reducido a «falso testigo del porvenir».

*Oleaque, Joan M., Desde las tinieblas: Un descenso al caso Alcàsser. Diagonal, 2002: p. 267.

Falso, pero estimulante

La comparación entre los recortes de ayer y el acta que  hoy rescato, no deja dudas: «El periódico no es un extracto de contenidos sino uno contenido, más que eso, un estimulante» (Karl Kraus). 

Un Capote de barrio transcribió «abusos deshonestos» donde ponía «actos deshonestos«, y los periódicos, que confiesan no  poder dar más que versiones  de lo que acontece en las comisarías, pero dejan que la policía les dicte lo que pasa en la calle sin pasar por las redacciones, amanecieron asegurando que Abderrazak Mounib tenía «antecedentes».  Nueve años después el Síndic de Greuges [Defensor del Pueblo] catalán, lo anunciaba  en el Parlament: «este pobre –bueno, pobre, pobre no porque es una persona que había cometido muchos delitos— pero, bueno, estaba en prisión por unos hechos que parece que quizá no era él el responsable de esos hechos concretos», recoge el  diario de sesiones en junio de 2000.

«Una persona que había cometido muchos delitos». El Síndic que hablaba así de estimulado era Antón Cañellas i Balcells, hoy fallecido. Abderrazak Mounib había muerto dos meses antes. Los «hechos concretos» a los que se refería eran los mismos por los que el Fiscal Jefe de Cataluña había pedido su indulto un año antes, porque ninguna prueba material sostenía sus condenas, aunque otras sí habían probado su inocencia.  Los hechos concretos de este caso cerrado. Mounib, sin embargo, no tenía antedecentes penales, como consta en cualquiera de estas vagas sentencias  que lo habían condenado.

Ernst Jünger lo escribió hace 80 años: El cargo viene cada vez más troquelado por la función. El Síndic, siete años después, es Rafael Ribó i Massó. Un ciudadano le ha pedido recientemente que rectifique. El Síndic no ha desmentido a su antecesor. Tampoco da noticias de uno solo de entre esos supuestos «muchos delitos», que desmientan la mentira. Sus cartas son una correspondencia sin verdad. Hay que agradecer a Manuel Borraz que las haga públicas

Pd: Buzón del Síndic.

De palique con la Fiscalía

No me gusta escribir, en general: me angustia, sudo y  obtengo muy poco a cambio. Nada, de hecho. Hablar me gusta. Leer.  Escribir, no: salvo las cartas, o ahora los e-mails, cuando no son un asunto rutinario. Las cartas son directas, concretas, y generalmente obtienes como mínimo una respuesta. Es un diálogo: quizá sin el pellizco, la frescura, de tener al otro enfrente, pero que al menos te da la tranquilidad de saber que hay alguien ahí fuera.

Ayer recibí la respuesta de la Fiscalía del TSJC a la solicitud que hice  el pasado 7 de noviembre para entrevistarme con la Fiscal Jefa, Teresa Compte, sobre este caso. La respuesta, de momento, es que no: no entienden mi letra. Literalmente.  Este nuevo intento, espero poder enviarlo a lo largo de la mañana, certificado, con acuse de recibo y letra impresa.  

Estimado Señor, D. Martín Rodríguez Sol*:

Recibida su respuesta de referencia 2587, que consta de los dos folios que le adjunto, a mi solicitud de entrevista con la Exma. Fiscal Jefa del Tribunal Superior de Cataluña, Doña Teresa Compte, quiero precisar dos cuestiones.

La primera es que yo no presenté una “denuncia”, como afirma en su escrito. Por ello, no puedo saber a qué diligencias se refiere al comunicarme “que se ha acordado el archivo de las diligencias incoadas por las razones que constan en el Derecho, cuya fotocopia adjunto”, según cita textual del primer folio.

Sorprendentemente, dicha fotocopia adjunta no se refiere ni a esa supuesta denuncia, ni a las diligencias citadas, sino que expone la razón por la que se me ha denegado la petición: al parecer, mi solicitud, manuscrita, hablaba de  “dos individuos con nombre ilegible”. En consecuencia, “la solicitud no puede ser atendida con los datos aportados”, concluye el primer párrafo.

Excusándome por mi caligrafía, y dado que añade que todo ello es sin “perjuicio de que una vez correctamente identificados los sujetos y la causa judicial, y constatado [mi] interés, pudiera ser atendido por algún fiscal”, paso a identificar  a los dos sujetos a los que en mi primera solicitud nombraba con letra, al parecer, ilegible: son Abderrazak Mounib y Ahmed Tommouhi. Ésta es la segunda de las cuestiones que quería precisar.

Debo advertirle, sin embargo, que sus nombres han sido escritos de decenas de formas diferentes, todas incorrectas, dependiendo del expediente o documento oficial, también los de esa fiscalía, que se citara. Así por ejemplo, en la petición de indulto que para ellos, aunque en contra de la voluntad de los reos, cursó el anterior Fiscal Jefe de ese Tribunal Superior, don José María Mena, aparecía escrito “Tommouch”. Lo cito  por si le sirve de guía. Le adjunto fotocopia de esa petición, donde se identifican las causas de ambos sujetos. 

En todo caso, y dado que se trata casi con seguridad de la única ocasión en que esa Fiscalía ha solicitado el indulto para dos personas condenadas por varias violaciones, robos con violencia y lesiones, no creo que su localización deba suponer un obstáculo insalvable. 

Por si en mi primera solicitud tampoco hubiera resultado legible, le reitero que el objeto de la entrevista es conocer la postura de la Fiscalía de cara a la redacción del libro en el que estoy trabajando, y que publicará Seix Barral en 2008, sobre este caso.

Esperando que esta vez su respuesta sea positiva, y dejo así constancia de que mi interés sigue vivo, reciba un cordial saludo y mi más sincero agradecimiento.

Firma.

(*) Fiscal del Servicio de Apoyo a la Jefatura.

Ministerio de las tonterías

La anterior Subsecretaria de Justicia, Ana de Miguel, respondió en EL PAÍS, en diciembre de 2005, a una carta al director que María José Henares había enviado días antes. Defendía la omisión del Ministerio  en el tema del indulto solicitado para Tommouhi y Mounib por el Fiscal Jefe de Cataluña, en 1999, y que el Gobierno, ocho años y medio después, sigue sin resolver. Sólo en contadas ocasiones se puede comprobar la bajeza –en sentido técnico—de los  argumentos ministeriales, porque a menudo sus respuestas son formales, burocráticas y calcadas a la anterior. Esta vez, sin embargo, tuvo que hablar,  y más allá de las baladronadas (“concédanos [donde no se sabe muy bien a quién se dirige, pues faltaría el “se” –concédaSEnos—para que fuera impersonal] también conservar la esperanza en nuestro sistema judicial…”), dejó esta frase: 

“Pero subsisten tres condenas donde la prueba practicada es incontestable, acreditan la autoría en la realización de actos de mucha gravedad, referidos a delitos contra la libertad sexual, de los que provocan alarma y rechazo social.”

Que la “prueba practicada es incontestable” es una mentira práctica cuya única verdad residía hasta el momento en que, efectivamente, nadie –salvo Reyes Benítez, pero de eso hace ya once años: el tiempo olvida– se había tomado el trabajo de contestarlas. Más allá de eso es una falsedad insostenible tanto en el plano práctico como en el teórico.  

En la práctica, es tan “incontestable” como la “prueba practicada” de aquella otra víctima que señaló a Tommouhi y Mounib como sus violadores, y que se ratificó el día del juicio afirmando literalmente, como veremos aquí, que “no había tenido nunca ninguna duda”, pero que seis años después el resultado del ADN demostró errónea y obligó al Tribunal Supremo a revocar la condena de ambos marroquíes.

En la teoría, Luigi Ferrajoli lo resume así en su Derecho y razón (Trotta): “es falsa cualquier generalización sobre la fiabilidad de un tipo de prueba o conjunto de pruebas” (p. 135). Y, más aún: “no existe ningún criterio, formulable en vía general y abstracta, para establecer el grado objetivo de probabilidad de una hipótesis respecto de un tipo de prueba” (p. 148).

La ampulosidad del término intenta disimular la pobreza de contenidos concretos. Una miseria realzada luego por la falta de concordancia entre sujeto y predicado, reflejo de la brecha entre causas y consecuencias que atraviesa este caso. Es sólo una letra, pero reveladora. Es la ene. Si leen esta frase con atención y memoria (“Pero subsisten tres condenas donde la prueba practicada es incontestable, acreditan la autoría”) verán que el verbo –“acreditan”—concordaría en todo caso con el sujeto “tres condenas” y no, como parecería lógico, con “la prueba practicada”. Pero la lógica no tiene nada que decir en este proceso alucinado. En realidad, lo único que acreditaría la autoría serían las condenas y no las pruebas, porque nunca las hubo más allá del sagrado convencimiento de las víctimas, esa forma de fetichismo en tiempos de verdugos.

 Faltaría, por último, una conjunción (“y” o «que», por ejemplo) para que la frase no quedara inconexa y amontonada, pero ése es el tipo de homenajes que rinden las frases falsas a la verdad que ocultan.

Por el monte las sardinas

El origen de este libro yo lo situaría en el párrafo de la entrevista de Juan Cruz al ex ministro López Aguilar que empecé a analizar aquí el otro día. Si me apuran, en esta frase:

antologia diminuta

Tres sintagmas que resumen nuestra época y que reflejan, a su manera,  la explicación no tanto de porqué o cómo ha podido ocurrir algo así, como de “qué hay en lo ocurrido que no se parece” a nada de lo ocurrido [anteriormente].

Tres sintagmas, en esta diminuta antología de bolsillo: 1.-“El gobierno ha decidido”;  2.-“Un mensaje asumible”;  y 3.-“Indultar a una persona condenada por violación”.

Empiezo por el último. Estas tres notas que podríamos agrupar como Instrucciones para deconstruir un rebozado:

1.-  “En nuestra época, el lenguaje y los escritos políticos son ante todo una defensa de lo indefendible. […] Por tanto, el lenguaje político está plagado de eufemismos, peticiones de principio y vaguedades oscuras. […] 

El estilo inflado es en sí mismo un tipo de eufemismo. […] El gran enemigo del lenguaje claro es la falta de sinceridad. Cuando hay una brecha entre los objetivos reales y los declarados, se emplean casi instintivamente palabras largas y modismos desgastados, como un pulpo que suelta tinta para ocultarse.”

Orwell, Geroge: “La política y el idioma inglés”, en Letras Libres, junio 2004. 

2.- “Esta frase de Rajoy: «No puede hablarse de marea negra, sino de una situación compleja por la proliferación de manchas localizadas» merece un puesto de honor en lo que Arcadi Espada llama «eufemismos», dentro de la función «ansiolítica» de la prensa, y en la que él habría subrayado sobre todo «situación compleja», como una especie de rebozado en huevo y pan rallado para hacer más tragadera la croqueta.” 

Sánchez Ferlosio, Rafael, “Naufragios democráticos”, en ABC, 23-12-2002. 

3.- En la expresión “indultar a una persona condenada por violación” me parece que es la mala conciencia la que estira, inconscientemente, la distancia entre indultar y violación sin poder llegar a decir que sea un “violador” –todo lo más “persona condenada por violación”—pero pretendiendo al menos disimular la duda que le amarga en la boca: que en verdad no lo sea.

Estiramientos que sólo son factibles a condición de que se trate, no de la frase de un hombre, «ese animal capaz de hacer promesas», ¡y mantenerlas!, sino de una raba de calamar congelado: doradita como un rebozado andaluz,  pero intragable cuando se enfría. 

Continuará.

Por el mar corren las liebres

El 7 de mayo de 2006, Juan Cruz entrevistó al entonces ministro de Justicia y  hoy también ex presidente de Canarias, solo que esto último avant la lettre,  Juan Fernando López Aguilar. En medio del texto, como una pregunta  llegada en paracaídas, hay una referencia a la situación de Ahmed Tommouhi, al que Juan Cruz llama Tomuchi. […] El 30 de abril se habían cumplido siete años sin que el Gobierno hubiera resuelto el indulto que en 1999 había solicitado para Tommouhi y Mounib el Fiscal Jefe de Cataluña. […] Sobre lo que respondió el Ministro, anoté esto en mi cuaderno de notas rojo:

“[4] Es difícil faltar tanto a la verdad en 21 líneas de periódico, como éstas:

recort entrevista aguilar

El mérito es de nuestro  ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, y la marca se estableció en la entrevista del pasado domingo, al responder a una pregunta sobre el indulto de Ahmed Tommouhi, que el Gobierno lleva siete años sin resolver. No se debe dejar pasar la oportunidad de hacer el inventario.  

Abre fuego desde la primera frase: “Lo han condenado cuatro tribunales diferentes”: es una verdad a medias, pero supone toda una declaración de principios: ¿olvida el ministro que una de esas cuatro condenas fue anulada por el Supremo porque el ADN demostró que el tribunal sentenciador se había equivocado? Los violadores no eran Ahmed Tommouhi ni Abderrazak Mounib, sino Antonio García Carbonell y un familiar suyo nunca localizado, [aunque] sí perfilado genéticamente. Solo quedan 3, querido. 

La segunda frase: “En España hay 60.000 presos, y en su inmensa mayoría son solicitantes de indulto”. Cuando se pretende desfigurar tanto la verdad, en tan poco espacio, conviene confundir no sólo con lo que se afirma, sino también con lo que se calla. Así, esa afirmación da a entender que es Ahmed el que ha solicitado el indulto, cuando él siempre lo que ha dicho, al rechazarlo, ha sido: “El indulto es para los culpables y yo soy inocente”. Eso lo ha dicho porque él no quiso pedir ni pidió el indulto. El que lo solicitó, [para él y para su compatriota y compañero de condenas, Abderrazak Mounib], fue el Fiscal Jefe de Cataluña, José María Mena, el 30 de abril de 1999. 

[“Mi trabajo consiste en dar por buena la justicia que se ha dictado, con todas las garantías”. Esa coma rompe, sintácticamente,  el sentido de la frase que seguramente querría haber pronunciado el ministro. Pero es un error muy acertado, que quizá tenga ver con una trascripción literal de los silencios. A López Aguilar le hubiera gustado aparecer hablando de una “justicia que se ha dictado con todas las garantías”, pero esa coma viene a decir que su trabajo “consiste en dar por buena con todas las garantías la justicia que se ha dictado”. Lo cual está muy lejos de su intención, pero mucho más cerca de la verdad.]  

Cuarta frase: “En este caso, tres de los tribunales que lo condenaron han emitido informes desfavorables al indulto”. Si no hubiese comenzado con una verdad a medias, quizá le habrían salido las cuentas, en lugar de doblarse la mentira. No han sido tres: tres son los que lo han emitido. Pero han sido dos en contra y uno a favor [del indulto]. Dos más uno, tres. Y añado, por si le interesa, un dato. De uno de los dos [informes] desfavorables, el fiscal se mostró a favor. El fiscal, su subordinado. 

 Seguimos: “El delito es de cuatro violaciones”. ¿Qué delito? ¿Todos por los que fue condenado? No, por favor. Otra vez. ¿Se equivoca otra vez? Cuesta creer[lo] [por]que todos los errores parecen encajarle: dice usted cuatro para que tracemos el paralelismo: cuatro condenas, cuatro violaciones, ¿no?  La verdad es un poquito más compleja de lo que al ministro le gusta transmitir: ya se ha dicho que sólo quedan 3 condenas vigentes, así que no hay “cuatro violaciones vigentes”. Pero es que además tampoco las tres condenas, para su desgracia, son por violación. Una es por robo.  […]. ¿Está mezclando condenas como autor de la violación y como cooperador necesario? Tampoco sale. Sumadas violación consumada y cooperación necesaria, suman cinco. Cinco. Un número impar para ese esquema cuadrado.”

Continuará.

La viga en el (ojo) propio

Antes de entrar en materia y cribar lo más importante de lo que se ha dicho, sobre todo si ha servido para tapar lo que no se ha hecho, sobre esta historia, empiezo señalando la viga en mi propio ojo. Con la mirada limpia, se ve mejor la paja en el ajeno. 

La primera vez que publiqué algo sobre este asunto estaba de prácticas en EL PAÍS, en agosto de 2005. Tommouhi y Mounib entraron, casi con calzador, para ilustrar una historia más grande sobre “Inocentes en la cárcel”, sobre los errores en la identificación por parte de las víctimas. Ellos estaban, en verdad, en el origen del tema. 

A mediados de octubre, ya de vuelta al Master, me hice con el grueso del expediente de Tommouhi. En diciembre, y con la misma compañera que en el periódico, colamos el tema en el proyecto final. Visitamos Barcelona, conocimos al hijo de Ahmed, Khalid, a su tío Omar, a algunos de los que habían sido sus abogados, etc. En Madrid habíamos charlado con Martín Pallín en su despacho del Tribunal Supremo sobre la sentencia que desestimó la revisión general del caso, y de la que él había sido ponente.

La historia salió. El indulto, la única salida legal fue el título del despiece. Dos aprendices de periodistas, con tiempo de sobra y sin miedo al jerarca, porque ellos mismos –junto con sus compañeros—decidían el resultado final, caían así en el mismo error de muchos de los que los habían precedido y que comparten jueces y abogados y políticos en Barcelona y Madrid: que ya no hay salida legal.

«Si se habla de revisar las sentencias de la época de Franco, ¿por qué no se puede hacer lo mismo con las que se dictaron en democracia contra mí?», se ha preguntado Ahmed. Y lleva razón. La famosa “salida legal” sigue abierta por la misma razón que todo el mundo se afana en afirmar que está cerrada: hay que encontrar  “nuevos elementos” que evidencien la inocencia de los condenados. Pero para encontrarlos, hay que buscarlos.

La ventaja práctica que se deduce entonces para los que afirman que las puertas de la ley están cerradas, es que se ahorran buscar la llave. Es comprensible que a ella se hayan acogido algunos abogados, sobre todo los que más han trabajado hasta ahora: trabajar cansa. Es humano que caigan en ello también los periodistas veteranos: pensar en trabajar sin tiempo y sin espacio, cansa.  Es humano, demasiado humano, que la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y la General del Estado, y el propio Ministerio de Justicia, intenten cubrirse así las espaldas: trabajar cansa, pero más cansa trabajar sobre lo que nunca se ha trabajado nada.

Pero, ¿por qué los aprendices de periodistas, con tiempo, etc… se agarran también a esa tabla? Por una razón literaria, obviamente. Porque quedaba más bonito poner la guinda de la única posibilidad, en un caso imposible, que aceptar que había otras posibilidades, porque éstas incumbían directamente a nuestra impotencia: ¿y qué han hecho ustedes, todos esos días en Barcelona, que no las han descubierto?, tendría derecho a preguntarse el lector exigente. 

Quién dice esos días, dice estos dos años. Así que vaya por delante, sin saltarnos la duda metódica, que todo lo que no sea conseguir la revisión del caso será un fracaso. Un puto fracaso. 

No tengo ases en la manga, pero hay baraja.

¿Por qué esta vieja historia nos interroga todavía?

Los puntos de inflexión de esta historia están ya en las hemerotecas, pero dispersos. Y esa dispersión ha dado alas, por lo general, a dos interpretaciones. La transmitida por los medios: la tragedia de un inocente –uno, porque al otro, muerto, lo remató el olvido—que ha pasado 15 años en la cárcel por un parecido fatal; y la que sostienen desde la judicatura y el Ministerio: que no se ha demostrado que sean inocentes en las otras condenas. En el fondo, comparten la misma explicación: que todo se sostiene en el convencimiento, puramente subjetivo, de las víctimas. Los primeros no han explicado cómo pudo formarse ese convencimiento –más allá del gran parecido físico— y los segundos dan por sobreentendido que ese convencimiento equivale a certeza, pues, dicen, se trata de una prueba “incontestable”.  

El hecho mismo de cómo pudieron ser condenados dos inocentes se pierde así en la distancia, difuminado tras las versiones inverificables, las decisiones indiscutibles y los argumentos incontrastables. La única verdad indiscutible de esta historia, sin embargo, sigue en pie: que el nexo original entre las dos personas que fueron condenadas por las violaciones de 1991 y las propias violaciones –la autoría—no ha sido nunca verificado. Ese origen es mi meta (K.K.).  

La desconexión entre lo real y su representación ha alcanzado en este caso una perfección envidiable, aunque descorazonadora. La tesis que sostiene la instrucción policial y judicial del caso Mounib-Tommouhi  es un enorme hipertexto que se enrosca sobre sí mismo sin ninguna conexión exterior con la realidad y del que nada puede verificarse fuera. Así también los argumentos de las sentencias. Los hechos se declararon “formalmente probados”, pero no se aportó una sola prueba material que sostuviera dicha declaración. Esa capacidad de verificación, sin embargo, es la obligación de los distintos ámbitos de representación de lo real a los que ha acompañado el periodismo en este asunto: la policía, la justicia y la política.  

Ni la justicia ni la política han cumplido con ella, tampoco después de conocerse los resultados del ADN que obligaron a revocar una de las sentencias. Los jueces en persona siguen echando mano hoy del cortafuego de los diferentes puntos de vista formales para sofocar la verdad material de los hechos, quizá porque los abrasa. Y el Gobierno, a la hora del indulto, se acoge al argumento de que siguen formalmente condenados en otras causas para no concederlo, aunque todos los datos objetivos apuntan a que realmente fueron condenados sin pruebas.  

¿Y el periodismo, qué ha hecho para verificar la inocencia que, de una forma u otra, proclama? Nada. Todo lo más, hemos aprovechado el trabajo hercúleo de un guardia civil que sí cumplió con esa obligación epistemológica –la verificación—que  permite sustanciar materialmente el relato formal de unos hechos, también aquel suyo sobre la inocencia de Tommouhi y Mounib: si exprimimos sus informes, quedan los restos biológicos pertenecientes a García Carbonell y a la otra persona no identificada. El verbo está hecho de carne.  

Por lo demás, el periodismo se ha limitado a poner la voz de Tommouhi al frente del coro de versiones: “soy inocente”; pero el horror de los crímenes, el convencimiento sincero –aunque erróneo—de las víctimas, el prestigio oficial de jueces y gobierno, y sobre todo su higiénica exposición como una suma de versiones, como un montoncito de voces, ha hecho que  la verdad se haya visto reducida, en el mejor de los casos, a su estatuto espectacular: el de “una hipótesis que jamás puede ser demostrada”. 

Es hora de mostrar aquí que estos dos hombres no siguen condenados sólo por error –lo que guardaría todavía una relación, aunque desviada, con ellos y con la verdad de los hechos y la responsabilidad—sino que ahora la condena se mantiene, en verdad, por pura cobardía electoralista. Tommouhi y Mounib han sido condenados no sólo siendo inocentes, sino también siendo ignorantes. Ignoran que l’air du temps conlleva que si pueden dictarse efectos prácticos como la prisión sin que ninguna razón verdadera los motive, lo razonable es que la verdad tampoco tenga ya ninguna consecuencia. Ignoran, en este tiempo de metáforas, su importancia simbólica: que no son un mensaje asumible, en esta época que todo lo asume.  

El indulto de Damocles

El 18 de septiembre de 2006 salía en libertad condicional, después de casi 15 años, 5.424 días preso, Ahmed Tommouhi: «Estoy en la calle, pero todavía no soy un hombre libre», dijo en su primera entrevista. Tommouhi (Nador, 1951) y otro marroquí, Abderrazak Mounib (Fez, 1952), habían sido condenados por una ola de robos y violaciones cometidos en Cataluña en 1991. Una decena de víctimas los señalaron como los asaltantes. Pero las muestras de ADN de una de esas violaciones analizadas en 1997 desvelaron el error: los autores eran un español, detenido en 1995, y otra persona no identificada. Los reconocimientos por parte de las víctimas habían sido la única prueba de cargo en todos los casos.

El Fiscal Jefe de Cataluña, dado que las otras condenas no habían podido revisarse por falta de muestras analizables, solicitó el indulto para ambos en 1999. El Tribunal Supremo, un año después, lo recomendó como la «salida adecuada» a la situación.  El Gobierno, ocho años y medio después, no lo había resuelto. [Ahora sí]. «Acepto los errores: ¿pero algo que dura tanto es un error?», dejó dicho Abderrazak Mounib antes de morirse en la cárcel en 2000. Ahmed Tommouhi, si el Gobierno no lo indulta antes, será hombre libre en 2009. Él dice que no lo será hasta que se reconozca su inocencia. 

Cuatro años después 

Aunque detenidos en 1991, el caso Mounib-Tommouhi no existió como tal hasta cuatro años después. En la primavera de 1995 dos hombres repitieron una ola de violaciones muy parecida a la del otoño de 1991. Hubo víctimas que los volvieron a señalar como los dos hombres que, hablando árabe, las habían violado. Mounib y Tommouhi, sin embargo, no habían salido de la cárcel desde 1991.

El 20 de junio de 1995, la Guardia Civil detuvo al español Antonio García Carbonell. Al verlo en comisaría, al agente Reyes Benítez se le vino a la cabeza la cara de Tommouhi, a quien había visto cuatro años antes durante la instrucción. García Carbonell y Tommouhi se parecen muchísimo. Reyes Benítez: «En la foto que llevaba García Carbonell en el carné de conducir y en la de la detención de Tommouhi son idénticos.» García Carbonell, aunque «de aspecto norteafricano», según sus víctimas, es gitano. Pero sobre todo habla caló, lo que hizo pensar a Reyes Benítez que quizá las chicas, a oscuras, apaleadas y muertas de miedo, hubieran confundido no sólo la cara, sino también el habla de los gitanos con el árabe. 

Esa sospecha desencadenó en 1996 una nueva investigación. Los dos informes policiales elaborados por Reyes Benítez y elevados a la Fiscalía de Cataluña sostenían que Mounib y Tommouhi eran inocentes, y que uno de los autores de las violaciones por las que ellos habían sido condenados injustamente era Antonio García Carbonell, el detenido de 1995. El Fiscal Jefe ordenó rastrear los restos biológicos que aún pudieran conservarse, y en 1997 el ADN de la única muestra analizable lo demostró científicamente: eran García Carbonell y otra persona no identificada quienes habían violado a la chica de Olesa en 1991. El primero fue condenado a más de 250 años de cárcel por esa violación y las de 1995. El otro sigue sin ser localizado. 

El Tribunal Supremo  revocó en 1997 esa condena por el caso Olesa y el Estado fue condenado a pagar más de 18 millones de pesetas (unos 108.000 euros) a cada uno de los dos marroquíes. ¿Por qué, entonces, Mounib siguió preso hasta morir y Tommouhi sigue aún cumpliendo condena? La explicación técnica es que quedaron atrapados en una falla del ordenamiento jurídico español. Una vez que las sentencias son firmes, como lo eran en este caso, el recurso de revisión sólo es viable si aparecen «nuevos elementos que evidencien» la inocencia de los condenados. Una vez condenado, es el reo quien debe demostrar su inocencia. 

Tras los informes elevados a la Fiscalía, seis años después de los hechos, sólo se recuperaron restos biológicos de la violación de Olesa. Las otras condenas son jurídicamente independientes. El propio Tribunal Supremo explicó el corsé que le imponía la literalidad del recurso de revisión y que le obligó a desestimar la revisión de esas otras causas. Y por eso mismo recomendó el indulto como «salida adecuada» a la situación creada. El Fiscal Jefe de Cataluña, José María Mena, lo solicitó formalmente el 30 de abril de 1999. 

Ni el anterior Ejecutivo del Partido Popular ni el actual del Partido Socialista lo han resuelto. Que el Gobierno no lo ha resuelto significa exactamente eso, que ni lo concede ni lo deniega. «El Gobierno ha decidido que no es un mensaje asumible indultar a una persona condenada por violación», se justificó el entonces ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar. El periodista que lo entrevistaba obvió la pregunta que, desde hace ya más de ocho años, justifica este proyecto: ¿por qué, entonces, tampoco se lo deniegan, como hacen con la mayoría de los miles de presos que piden el indulto cada año? La respuesta es la tesis que quiero demostrar aquí: porque ellos –a diferencia de la mayoría de esos otros miles—fueron condenados injustamente. 

Mientras tanto, la dama con la venda en los ojos, encantada de conocerse y gorda como una estatua de Botero, se divierte jugando al sol con su cada vez más raquítica y minúscula balanza de maqueta: «Es la esencial e irreductible ambigüedad de la justicia misma, incluso sujeta a forma en el derecho, que si la hizo, ciertamente, menos cruel que la venganza, también la reificó y la consagró como infalible e inexorable», (R.S.F.) se lee en el pie de foto.

EL INDULTO FUE FINALMENTE DENEGADO EL 30 DE ABRIL DE 2008.