Archivo mensual: noviembre 2008

Bellísimo momento

Tres años y medio después, tiempo que en el que no has hecho otra cosa, casi siempre en silencio, que reunir materiales como un loco para que no te tomen por loco, para que tu voz no clame sola en el desiero, sino que sea palabra que sale al encuentro seguro de quien quiera escucharla, examinarla, discutirla y llegado el caso revocarla, cuando llega ese momento, este momento, sientes una emoción limpia, sincera, justa y un cierto descanso por merecer todo el trabajo que aún queda por hacer. Empiezo a escribir el capítulo de la década prodigiosa, esos diez años transcurridos desde que el Fiscal Mena pidió el indulto; de momento sólo voy reuniendo, cortando y pegando, los fragmentos, las cartas, las citas, por orden (¡siempre!) cronológico. Llego a diciembre de 2005: hasta ahora, los sucesivos responsables ministeriales habían optado por no responder nada que fuera una respuesta, pero en diciembre de 2005 empezaron a hablar, y fue ahí cuando se cayeron con todo el equipo: recuerdo, antes incluso de transcribirlas, todas las mentiras que dijeron, en las cartas al director, en la SER, en la entrevista en EL PAIS; saber que, como en el capítulo de Olesa, bastará sólo con ordenarlas –aunque aquí habrá que engrasar los saltos de párrafo– para que se vea cuán miserables son, sólo eso me produce un placer, este sudor en las manos, palpable. La venganza sabe mucho mejor cuando es impersonal.

Es la 01:52.

Dentro-fuera, de la cárcel y de la cabeza

«Si me mandan un DNI para venirme a ver, o me mandan un teléfono, o una dirección, vale. Pero escribir a mi hijo o a mi hija, aquí, o en Marruecos, nunca. Ni cartas ni nada. A veces, cuando me mandaban una carta, Omar la sacaba del sobre, la metía en otro con mi dirección de aquí de Brians y me la dejaba. Pero nada de palabras graves. No. Hola, saludos, estamos bien, y ya está. Yo se lo dije: no quiero cuentos. Que si ha pasado esto, que si lo otro, que si no sé qué. Nstchchch, nstchchch. Mucha gente a la que le cuentan todo lo que pasa fuera se vuelven locos dentro, ¿me entiendes? Muchos. Si no sabes cómo arreglar esos problemas, y te llegan cartas, el teléfono, no sé qué; y hoy no duermes, mañana tampoco, la semana que viene igual, la sangre te come y cuando te das cuenta ya estás hablando solo. ¿Sí o no? [risas] Que me cago en no sé qué, que me cago en el rey: ya estás hablando solo. Te lo digo yo que he pasado 15 años con gente que estaba bien…El problema no es la droga, no es sólo la droga de la cárcel. Lo otro también es un problema. Si te llegan malas noticias, hoy, mañana, durante un tiempo, no tardarás tanto que te veas hablando solo. No sabes cómo ponerte; vas a pedir mediación y vas a dormir. Pero si esa medicación te la tomas dos o tres veces, fuuuuch [acompaña el cortante sonido con un gesto del brazo y la mano como una hoz]; cuando piden la medicación y le traen los potitos, se vuelven como cabras. Cuando los llaman para la comida no van a comer. ¡A comer! Y van los últimos. Y si no lo toman…Había uno conmigo que tomó esa medicación durante mucho tiempo. Y aún así, cuando gritaba mucho, se lo llevaban y le inyectaban aquí [en el brazo]; se quedaba quince días por los suelos. Sólo pedía agua, o por favor vete a buscar un café y invitame…Y más potitos…Pero cuando le inyectaban esa vacuna, se quedaba quince días muy grave. ¡En el suelo! Yo dormía con él. Pasaba tiempo conmigo, hablaba con él: bla-bla-bla-bla-bla. Me cargaba un poco. Ya está, le dije: no te tomes más esa medicación. Habla con ellos, con educación, despacio: sin gritar, sin chillarles, porque si no te llevarán otra vez. Estuvo un día o dos sin tomar nada. Una mañana se levantó así: bailando sólo: aaaahaaaahaahhaah [hace temblar su voz y su cuerpo], ¿me entiendes? De verdad. Le dije: ¿qué te pasa? Mira, Ahmed, me dijo: no querías que tomara nada y mira cómo estoy. Esa mañana, a la hora del desayuno y del café, le trajeron la medicación. Rápido. La tomó y se quedó dormido. Luego, se quedó en una toma al día. Por lo menos, eso le hizo bien para su alteración…La gente me decía: ya ves…Cada tanto, no mucho tiempo, te encuentras en el patio uno así, ¿me entiendes? Por eso vienen esos problemas: porque les llega esto, les llega lo otro…Como mucho, si uno es muy fuerte, aguantará un año, tragándose noticias. Si es fuerte. Un año aguanta. Si tienes condena larga, porque si tienes una condena de un año, dos o tres, sabes que va a pasar rápido y no te comes mucho el coco si viene la familia, o te llaman, no pasa nada; pero si tienes mucha condena… Gente normal que por la tarde se ha vuelto loca.»

(Ahmed Tommouhi, Martorell, octubre de 2008)

Un turista en el Centro de Internamiento

Leandro Pazos aterrizó a las ocho de la mañana del lunes 10 de noviembre en el aeropuerto de El Prat con 1.500 euros y 600 dólares en metálico, una tarjeta de crédito, una reserva de hotel y un billete de vuelta para el 15 de diciembre. Estuvo internado en el Centro de Internamiento de Extranjeros de la Zona Franca de Barcelona hasta que lo expulsaron el sábado pasado. No traía carta de invitación.

Leandro es argentino. El consulado español le había informado de que, teniendo la reserva de hotel, no era necesaria la carta. La policía, al comprobar que la reserva no cubría toda la estancia, lo detuvo y solicitó su internamiento. El sábado un avión de Aerolíneas Argentinas lo llevó de vuelta a Buenos Aires.

Norman Cilento, argentino como Leandro pero con nacionalidad española, acudió al juzgado para responder legalmente como anfitrión hasta que lo devolvieran. La juez,  María de las Nieves Osuna García, decretó su internamiento hasta que despegara el avión.

Leandro ya está en Argentina, decidido a emprender acciones legales contra el Gobierno español. Su periplo, sin embargo, deja un serio y legítimo interrogante: ¿puede la administración española detener e internar –hasta 40 días– a cualquier extracomunitario que intente entrar legalmente en el terriotorio nacional?

El retorno está previsto cuando la entrada se intenta ilegalmente: como los africanos de los cayucos, por ejemplo. La expulsión, cuando se está irregularmente en España: como los turistas que prolongan su estancia más allá de lo que les autoriza el visado, se me ocurre.

Esta nueva figura que parece dibujarse por la vía de los hechos consumados, que sólo por aterrizar en un país estés sometido al poder discrecional de su policía, sin posibilidad de frenar sus acciones judicialmente, constituye una verdadera e inquietante novedad que va normalizándose.

Que haya sido atendido por un abogado de oficio no cambia lo fundamental: ¿se habría suspendido la repatriación hasta que se resolvieran los recursos, de apelación, por ejemplo? La respuesta, con la ley de extranjería y la experiencia en la mano, es no. La tutela judicial, por tanto, no se ha hecho efectiva.

El traslado de las condiciones de excepción jurídica que gobiernan las zonas de espera de los aeropuertos hasta los centros de retención a las afueras de las ciudades supone una reciente deslocalización del derecho y la ciudadanía.

La confusión entre un procedimiento y otro, el de retorno y el de expulsión, no inquieta tanto por la parte de los turistas. El problema es que esa expulsión en clase preferente, sin derecho a tutela judicial efectiva, puede también aplicarse a los que viven y trabajan aquí irregularmente.

Un amigo de Leandro que lo visitó en el Centro de Internamiento de la Zona Franca grabó este vídeo. El «no se pueden hacer fotos» del final aconseja hacerlo público.

 

El capítulo más caprichoso

25.-OLESA: SEÑALAMIENTO, INSTRUCCIÓN, JUICIO Y CONDENA DE DOS INOCENTES
 
 
 I
 
 
El médico forense interino del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Martorell, José Manuel Benítez Moreno, ha procedido a reconocer a M., a las 04 horas del [6 de noviembre de 1991].
   
Las lesiones observadas pueden tener una data aproximada de 4 a 6 horas, por los signos flogóticos que presentan, siendo compatibles con agresión sexual en forma de violación. No se aprecian lesiones de defensa en manos ni uñas.
 
 
II
 
M: «Que es el 4º empezando por la izquierda«
JJ: «Que le parece que es el 4º empezando por la izqda. Ya que su aspecto físico es como el que le pegó«.
 
 
III
 
 
M: «Que reconoce sin ninguna duda al 1º y al 3º como los inculpados«
  
 
  IV
 
Los hechos relatados […] revisten y salvo ulterior calificación los caracteres de delito de Violación, rapto, robo y detención ilegal y apareciendo de las actuaciones indicios racionales de criminalidad contra Ahmed Tommouhi y Abderrazak Mounib, procede decretar su procesamiento […].
 
 
 
A preguntas de S. Sª si el declarante tuvo acceso carnal con la chica manifiesta que no.
A preguntas de S.Sª si Ahmed tuvo acceso carnal manifiesta que no lo conocía y no estuvo con él.
 
 
  VI
 
A preguntas de S. Sª sobre si sobre si yació con la chica, manifiesta que no, reiterando que no conoce a la citada pareja ni conocía entonces a Abderrazak y que está dispuesto a hacerse cualquier análisis.
 
 
VII
 
La supuesta participación de mi defendido se basa única y exclusivamente en la identificación que se realiza, por parte de JJ. y M., de los procesados como autores de los hechos […], sin que dicha identificación venga avalada por ningún dato objetivo, olvidándose por parte del Juzgado que una identificación no es más que la base sobre la que se debe empezar a trabajar para probar que el identificado es el autor de delito o para llegar a la conclusión de que se ha sufrido un error en la identificación por parte de las víctimas.
 
Si bien puede considerarse como indicio suficiente para dictar Auto de Procesamiento el reconocimiento Judicial efectuado, es evidente que antes de dictar un Auto de tanta importancia como es el de Procesamiento, deberían haberse efectuado las investigaciones necesarias para contrastar con datos objetivos lo que es tan sólo una apreciación subjetiva y más si tenemos en consideración las circunstancias en que se produjeron los hechos denunciados: […] a pesar de llevar los agresores una linterna, sólo la usaron para alumbrar directamente a los ojos de la dicente o al suelo. En estas circunstancias se hace difícil a esta representación aceptar, sin más, la identificación realizada por las supuestas víctimas.  
 
Por ello entendemos que antes de dictar el Auto que se recurre, se debería haber tomado declaración a los ahora procesados, lo que no se hizo al menos en este Juzgado, hasta el mismo momento en que se  les notificó el Auto, es decir el pasado día 24 de abril. De esta manera (…) se podrían haber realizado las comprobaciones necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos, especialmente en relación con la enfermedad que presenta mi principal, que no es otra que “Hidrocele grado II-III”, que le impide tener relaciones sexuales y también en relación con su estancia, en la fecha de los hechos, en la localidad de La Junquera.
   
 
VIII
   
De lo instruido resulta que las únicas pruebas de cargo existentes son las declaraciones de las víctimas: J. J. manifiesta que “LE PARECE que es el 4º”, es decir mi defendido, por lo que entendemos que su declaración no puede ser definitiva para procesar; manifiesta doña M., en su primera Rueda en Terrassa (13-11-1991): “Que es el 4º empezando por la izquierda” y al día siguiente en Barcelona “Que reconoce SIN NINGUNA DUDA al 1º”. ¿Es que el día anterior tenía dudas? Creemos que en la segunda rueda se reafirma en la acusación porque el día anterior había visto al acusado, no porque realmente tuviera una mayor convicción. En resumen que de las dos víctimas, una de ellas no reconoce a mi defendido y la otra creemos que se ha dejado llevar por su comprensible ofuscamiento al haber transcurrido pocos días desde la comisión del delito; nos merece mayor aceptación la declaración del Sr. JJ, precisamente porque ha sufrido menos las consecuencias del delito y su declaración es más objetiva y desapasionada. A tener en cuenta asimismo que los hechos ocurrieron durante la noche y en lugar no iluminado, por lo que se hace más difícil la identificación. […]
 
Constan en el sumario cuatro muestras y análisis del esperma encontrado en el cuerpo y ropa de Doña M., […]; como ya manifestó el procesado ante este Juzgado el 24-4-92 “está dispuesto a hacerse cualquier análisis” y esto es precisamente lo que se solicita: análisis del esperma del procesado a fin de compararlo con el existente en el sumario y verificar su similitud o diferencia.
 
Manifestó igualmente mi defendido (24-4-92) que el día en que ocurrieron los hechos, 5 de Noviembre de 1991, como varios anteriores y posteriores, se encontraba residiendo en un almacén con su hermano y varios marroquíes más; si bien no sabía exactamente la dirección, ésta es la siguiente: calle Rutlla, nº 3, Martorell.
 
Los nombres de algunos de ellos son los siguientes: Omar Tommouhi (hermano del procesado, con domicilio actual en calle Mur, Nº 74, 1º de Martorell; ZARFANI TOHAME, ALOAME BOLALI, MASARE AHMAD Y MAODE MOHAMED, todos ellos, actualmente residen en la calle DALT, nº 66, 1º de Martorell. Todos ellos acreditarán que el inculpado estuvo con ellos el día de Autos y comparecerán a declarar voluntariamente, sin necesidad de ser citados si el juzgado lo estima oportuno.
   
 
IX
 
 
J.J, 17 años, planchista: 
 
Preguntado sobre si vio perfectamente la cara de dichos individuos, el declarante manifiesta que en el exterior hay luz suficiente, lo que pasa es que entre que le deslumbraban con la linterna y los nervios, no pudo ver perfectamente la cara, aunque sí la silueta y el aspecto que tenían y que luego en la rueda de reconocimiento los distinguió ya que le impactaron.
 
 
X
 
M., 21 años, estudiante: 
   
Preguntada si las demás personas que participaron en la rueda de reconocimiento eran de características similares a los procesados, la declarante manifiesta que si bien miró a todos los individuos sólo vio o se fijó en los que reconoció.
 
 
XI
 
 
Teniendo en cuenta que no se han alegado hechos ni argumentos que no se hubieran previsto al decretar el procesamiento de cuyo auto se pide la reforma y, subsistiendo los indicios racionales que lo motivaron, procede mantenerlo en todas sus partes.
 
 
 
XII 
 
 
D. Xavier Castellvell i Diez, abogado designado por el turno de oficio y ostentando la representación del procesado Ab. Mounib por carecer todavía éste de Procurador de los Tribunales que le represente, como mejor proceda, DIGO:  
 
Que habiendo tenido conocimiento esta representación [de] que el procesado Abderrazak Mounib fue reconocido fotográficamente en el Sumario 5/91 del Juzgado de Instrucción nº 1 de los de Blanes (Rollo 58/92 de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Girona), como autor de un delito de violación cometido en la meritada localidad de Blanes, violación que por otro lado, al parecer, presenta características muy semejantes (modus operandi) a las del hecho objeto del presente procedimiento, y habiéndose acreditado posteriormente la imposibilidad material de que mi representado hubiera cometido aquel delito, por lo que evidentemente en el reconocimiento fotográfico efectuado se había cometido un grave errror, es por lo que considerando todo ello de gran importancia para el esclarecimiento de los hechos objeto del presente procedimiento, intereso y solicito se libre despacho dirigido a la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Girona, para que por la misma se expida y remita a éste Juzgado testimonio de la totalidad de dichas actuaciones (Sumario 5/91 del Juzgado nº1 de los de Blanes). […]
 
Solicito asimismo que por la Policía Judicial, previa la correspondiente investigación que realice, remita a este Juzgado informe sobre si con anterioridad al mes de noviembre de 1991, existía algún tipo de relación entre el procesado Abderrazak Mounib, vendedor ambulante, vecino de Barcelona, calle Metges nº 17, 5º-2ª y el otro procesado, Ahmed Tommouhi, albañil, vecino de Sant Feliu de Guixols, calle Alicante nº 104. 
 
AL JUZGADO SUPLICO que habiendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y en sus méritos acordar la práctica de las diligencias que se interesan. 
 
 
XIII 
 
En la Audiencia Provincial de Barcelona, a veintitrés de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro. […] El Sr. Presidente declaró abierta la sesión, y preguntados los procesados si se confesaban reos del delito que se les acusa, contestan
 
Que no.—–
 
1.- Dada cuenta del hecho, con la lectura de los escritos de conclusiones y lista de testigos y peritos, se pasó la práctica de las pruebas, se dio cuenta de la documental propuesta y se examinó al procesado Abderrazak Mounib, quien una vez exhortado a decir la verdad, […] contesta:
 
–“No estuve en Olesa; estaba en la Jonquera vendiendo por el día y por la noche. El día 5 estaba allí trabajando; estuve en el Club Valverde hasta las 2 y ½ de la noche. Cuando me detuvieron tenía el mismo aspecto físico que ahora. Estoy enfermo y debo operarme. La Guardia Civil les llevó una foto antigua de hace más de diez años [de hacía casi siete, en concreto]. En la rueda estaba yo, el otro acusado, 2 guardias, y un español con barba.
 
Fui 3 días a La Junquera a vender bisutería y pasé esos días allí. Tengo mujer y 4 hijos. He aprendido español en la cárcel, donde doy clases. Antes hablaba “español poco”, para vender “ya me valía”. Ese día estaba en La Junquera.
 
Conozco al otro procesado de “cuando le esposa la Policía y nos llevan a la cárcel”. Antes no lo lo conocía “jamás en la vida”. No nos detuvieron el mismo día. La primera vez que vi al otro procesado fue con motivo de nuestra detención.
 
Habitualmente vendo ambulante en La Junquera. Me quedo allí dos o tres días y vuelvo a buscar mercancía. “Yo vivía aquí en Barcelona”, “siempre he vivido en Barcelona”; nunca en Sant Feliu de Guixols. No vi al otro procesado hasta el día de la detención, no nos detuvieron juntos; sino que lo veo detenido, en la Cárcel. La fotografía por la que fui reconocido era de hace unos diez años [de hacía casi siete, en concreto]. Padezco enfermedad hidrocele desde 1988/1989. No puedo estar mucho en pie, es una enfermedad “en el pene”; y ello me impide realizar el acto sexual, tengo esa enfermedad de finales de 88 o principios del 89. Tenían que operarme en la Cruz Roja poco tiempo antes de la detención. Tengo lesión en esta mano (indica su mano derecha). Mido 1,77 descalzo y calzado 1,79 ó 1,80.
 
 
2.- Interrogatorio del procesado Ahmed Tommout [sic], que indica que no entiende bien el español y que solicita un intérprete, lo que corrobora su letrado y a cuya solicitud [accede el Tribunal]. Y no habiendo ninguno disponible, por el oficial habilitado se telefoneó al Sr. Kamel, quien indicó que se trasladaría ante el Tribunal a la mayor brevedad.
 
[ º ]
 
Con la presencia del intérprete Kamel Salim Manssur, intérprete jurado, previo juramento, se procede a interrogar al procesado Ahmed Tommouch […], dice:
 
–Sabe de lo que se le acusa pero está injustamente aquí. El día 5/XI/1991 no estuvo en Olesa. Nunca ha escuchado ese nombre, es la 1ª vez que oye ese nombre. No conocía al otro procesado hasta que lo traen a la Cárcel. No puede explicar por qué le han reconocido.
 
Soy albañil. Trabajaba en Sant Feliu de Guixols. Antes de ser detenido, estaba trabajando en Terrassa y el 5º día fue detenido, antes trabajaba en Sant Feliu. En Martorell no ha vivido ni trabajado. El 25 de Octubre fue a Martorell a visitar a su hermano. No conozco Olesa. No he estado en Olesa. (Se le exhiben folios 24, 25 y 26). No conoce esta casa, no ha estado nunca en esta casa de las fotografías. Cuando fue detenido había otro marroquí que vivía en el mismo sitio y detuvieron a este otro marroquí, que dejaron en libertad. No ha tocado a ninguna mujer; no sé si me han reconocido; yo no vi a nadie; por lo de Tarragona. En el juicio de Tarragona, que aún no se ha celebrado, se le acusa de 2 violaciones. Yo no he hecho nada. Al principio me dijeron que había violado a 17 mujeres.
 
Cuando fui detenido vivía en una pensión, cuyo nombre no sabe y había dos marroquíes viviendo con él. Ninguno de ellos es el procesado Mounib, a este señor es la 1ª vez que lo ve es en la detención. No sabe que ropa encontró la Policía. Detuvieron a otra persona, pero la dejaron en libertad.

 

Me habían informado [de] que había violado a 17 mujeres. Yo no quiero ocultar al tribunal estas acusaciones. Una chica de otro proceso me habló, no sé lo que decía, y en esa ocasión fui absuelto de aquella acusación. Cuando me detuvieron detuvieron llevaba en España 2 años y medio. En este tiempo sólo conocía el nombre de las herramientas de trabajo, pero como vivía con marroquíes, no precisaba ni sabía español. No se conducir “ni una moto”. Ganaba alrededor de 200.000 ptas/mes que ingresaba en el Banco y lleva a Marruecos a sus hijos. No he alquilado ningún coche porque no sé “conducir”. No tengo ningún amigo que tenga un “Peugeot 204” ni conozco ese tipo de vehículo. En Gerona me llevaban al trabajo en furgoneta. No sé determinar mi estatura, nunca me he medido. Detuvieron a otro chico y a mí. La policía me intervino la ropa de trabajo. No tengo ningún pantalón de color marrón. Estoy casado y tengo 3 hijos.
 
 
3.- A continuación declara la víctima, M., 24 años de edad:
 
[Las primeras cuatro líneas son ilegibles] sacan un palo y golpean a J.J.; nos obligan a ir hacia una caseta. Allí ataron a J. J. a una carretilla. Nos sienta cabeza abajo. De los dos, uno mandaba, el que hablaba castellano. Cogieron una manta, nos ataron las manos a la espalda. Era una caseta de madera, de huertos, al que llegamos en “unos minutos”; nos amenzazaron con un palo. En el interior de la caseta, me registraron, me quitaron la cartera. A J.J. no. Lo del dinero “fue al final”, cuando J. J. ya estaba atado. 1º atan a J.J., luego me quitan la cartera y después [] “violaron los dos”, mientras uno me violaba el otro “vigilaba fuera”. El lugar era oscuro, pero a unos metros de la caseta había una farola. “Ellos nos alumbraron con una linterna”. Dentro les vi bien la cara; les podía ver también, antes, fuera. Hice 2 ruedas en Terrassa y en Barcelona: ratifico esos reconocimientos, estoy segura; en ese momento no tuve ninguna duda de que eran ellos. La Guardia Civil en Martorell nos enseñó muchas fotos y reconocí a él (indica a Abderrazak). Al otro, Ahmed Tomout [sic] le reconocí en 2 ruedas: en Terrassa y Barcelona. Precisé tratamiento psicológico y psiquiátrico, y aún estoy en tratamiento. Antes de ese día no les había visto nunca. No recuerdo cuanto tiempo transcurrió. [una frase cortada por el bajo del folio] A mí cuando me pegaban con el palo para que callara”. Tuve las lesiones por la violación, porque me pegaban para que no gritara”, “me mordían”, “me pegaban en la barriga”.
 
Antes de los hechos vimos pasar el coche, pero no le dimos importancia, y se paró (el coche) en el camino de la caseta. (Se le exhibe folio 24, fotografías 1.2.), reconoce que “es en esta caseta donde pasó todo”. A J. J. le pegó con un palo “el que lleva gafas” (se refiere a Abderrazak) y el otro le alumbró y vi sangre en cara y manos. A mí me obligaba a ir a la caseta “él” (señala a Ahmed Tommouhi). (Se le exhibe fotografía) “es donde pasó todo”. El de gafas (Abderrazak) salió y volvió con una manta, y antes el otro (Tommout) le había dicho algo en árabe, que no entendí. Reconoce todas las fotografías. Se hicieron pasar por Policías todo el tiempo “no nos dijeron otra cosa”. El que “mandaba” (se dirige a Tommout) me rompió cazadora, pantalones y bragas, él también fue el que me obligó a entregarle el dinero y la cartera. Dentro de la caseta el palo lo tenía ese señor (Tommout) y “me daba con el palo para que me callara”. Era un palo largo y grueso. Había una linterna, no recuerda donde estaba, pero sí que la lintera estaba “dentro” y con esa luz podía ver el rostro del autor.
 
Cuando los reconocí en el juzgado, antes había reconocido en fotografía a “esa persona”; yo estaba convencida de que esa persona de la fotografía era una de las que me había violado. La otra la reconocí en rueda, no en fotografía. Uno era el jefe, y hablaba español “que se entendía”, era ése (señala a Tommouth). No sé quién era el que conducía. Mi compañero, a partir del golpe estaba mal. Se lo dieron al decirles nosotros “que se identificaran”. “Si veo a una persona la puedo reconocer, y más en una cosa así.”. “Cuando le hacen algo así te acuerdas toda la vida”.
 
Había una farola “más lejos” y la linterna que llevaban. No había más luz artificial. Había luna. En el interior había solo la linterna: una sola linterna. Me enfocaban a la cara. El de gafas (Abderrazak) era el que obedecía y no hablaba español; no sé el idioma que hablaban” “sería moro”; no era inglés, ni francés, ni alemán. Me mordieron, concretamente el primero. Les “vi bien la cara”. En la fotografía reconocí al primero, pero “lo vi más claro cuando lo vi en persona”. (Se le lee el folio 215, párrafo 2º) ratifica su declaración. En la rueda, inmediatamente, las reconocí, a esas dos personas “seguro” las demás personas que formaban la rueda [borde folio: ¿no? ]las vi. La foto la había visto “hacía mucho tiempo.” “Vi claro que eran esas 2 personas”. “No he tenido nunca ninguna duda”, respecto a que los procesados son autores de los hechos. Me defendí, tenía las manos atadas.
 
A preguntas del Presidente [del Tribunal]: Sólo reconocí en fotografía a uno de ellos; “el primero de aquí” (Abderrazak Mounib)
 
4.- A continuación, interrogatorio del Testigo de la acusación, JJ., [de 19 años de edad]:
 
Estábamos con M.  parados, en Camí Can Pou. Pasó un Peugeot, y no le dimos importancia. Cuando nos íbamos aparecieron 2 señores diciendo que eran Policías; uno lo dijo en castellano; que fuéramos a la caseta; porque había habido un robo; les pedimos que se identificaran, nos queríamos ir, me cogió del brazo y se “liaron a palazos conmigo”. Era un tronco bastante grueso. Me golpeó uno de ellos. Sangraba mucho, me asusté. Nos dijeron que fuésemos para abajo, me cogen por detrás por el cuello. Entramos en la caseta, me dejan sentado; estaba atendido, me ataron en una carretilla, y entonces cogieron a M.  Nos pidieron las llaves de las motos, a ella le pidieron la cartera, le quitaron algo de dinero. M. “se resistía; él le pegaba; pegaba tirones a la ropa. Mientras uno la agredía, el otro salía fuera a [ilegible] entre ellos, nos pareció en árabe; cuando acabó, uno salió (el cabecilla) entró el otro “y fue más rápido y no la pegaba”. En las esquinas había “luz de la fábrica, la luz de la luna y la farola”. Ellos llevaban una linterna “yo identificarlos ciertos, no puedo”. Solo las “siluetas”. En la rueda, “creí que era una persona, por su fisonomía, me impactó”. Concretamente me parecía el que me pegó al que creí reconocer. Con certeza no lo puedo decir, porque “me quedé aturdido”.
 
El “cabecilla” fue el que la matrató, empujones, golpes y si se resistía le daba con el palo. Ellos pusieron una manta no sé de donde salió. El más moreno, más grueso, más voluminoso, fue el que me golpeó.
 
Posteriormente, he hablado con M. Yo le pregunté a ella, y, ella me dijo que estaba “muy segura”.
 
El rostro “perfecto” no lo vi. Vi la silueta, el cuerpo. […] Aunque primero dije que había 2 linternas, pero luego al pensar, creo que sólo había 1 linterna con la que nos enfocaban y a veces nos deslumbraban.
 
 
 
XIV
 
 
D. Alberto Chiner Noria [†] y D. Luis Borras Roca, Médicos Forenses de Barcelona, manifiestan que de acuerdo con lo solicitado (…) han procedido a reconocer a Abderrazak Mounib con el siguiente resultado:

 

Se trata de un individuo que presenta las siguientes lesiones:
 
–Fractura mal consolidada con callo hipertrófico que dificulta la flexión de los últimos dedos en sus últimos grados de flexión.
 
–Exóstosis en la tuberosidad mayor del calcáneo que produce limitación de escasa entidad de los movimientos de la articulación del tobillo.

–Hidrocele en el testículo derecho del tamaño de una manzana mediana.

 

 
CONCLUSIÓN
 
Dado el tamaño del hidrocele, en relación con el miembro, existe una grave dificultad para la penetración que sólo puede realizarse con colaboración de la pareja. Esta dificultad es fundamentalmente de tipo mecánico.
 
Es todo cuanto tiene el honor de informar, según sus reales saber y entender, firmándolo en Barcelona, a 23 de [borde del folio fotocopiado]e mil novecientos noventa y cuatro.
 
 
 
 
XV
 
Testifical de Juan Manuel, 29 años:
 
Fui agredido junto con una chica cuando estábamos en Blanes, en un descampado; se acercó a nuestro coche un individuo que golpeó el cristal de la ventanilla, me golpeó con una barra y me amenazaron con una pistola. Y mi mujer fue violada. Eran dos, uno de raza magrebí, el otro no lo sé porque llevaba la cara tapada. Eran de 1,75 a 1,80. en comisaría, en fotografías, reconocí a alguien, en aquel momento estaba seguro que fue esa persona (reconoce folio 344). [La fotografía es de Abderrazak Mounib]
 
 
XVI
 
 
Estas fotografías [pertenecientes a Abderrazak Mounib] fueron remitidas a varios puestos de la Guardia Civil en donde se habían cometido este tipo de delito, dando como resultado de que en el Puesto de Blanes es reconocido por  M.J. y Juan Manuel […] como la persona que en fecha 25 de noviembre de 1991 cometió el delito de violación junto con otro individuo en la localidad de Blanes.
 
Efectuadas gestiones por parte de esa Unidad se averigua que el citado individuo se encuentra internado en prisión desde el pasado 13 de noviembre del pasado año y continúa actualmente internado, por lo cual no pudo ser el autor de la violación cometida en Blanes, debiéndose el error en el reconocimiento posiblemente a que los autores son de similares características físicas […].
 
 
 
 
XVII
 
En cumplimiento a lo interesado en escrito de fecha de 24 de Septiembre de 1992, de ese juzgado, sobre si existía algún tipo de relación entre el procesado ABDERRAZAK MOUNIB, vendedor ambulante, vecino de Barcelona, c/ Metges nº 17-5º-2ª y el procesado AHMED TOMMOUCH [sic], albañil, vecino de Sant Feliu de Guixols, c/ Alicante nº 104, con anterioridad al mes de Noviembre de 1991, tengo el honor de participar a V.I., que de las gestiones practicadas no se ha podido determinar ningún tipo de relación entre ambos […].
 
XVIII
 
 
Por el Presidente se pregunta a los procesados si desean añadir algo. 
Ahmed Tommouch: «Me presté a todo para comprobar mi inocencia«.
Abderrazak Mounib: «No sé nada de esto«
 
Se declara concluso para sentencia.
 
XIX
 
 
Ilmos. Sres.
D. MODESTO ARIÑEZ LAZARO
Dª ELENA GUINDULAIN OLIVERAS
Dª NURIA ZAMORA PEREZ
 
En la ciudad de Barcelona, a veintidos de abril de mil novecientos noventa y cuatro.
 […] 
FUNDAMENTOS DE DERECHO
 
De dichos delitos son responsables en concepto de autores ambos acusados.
 
Dicha autoría resulta de las dos diligencias de reconocimiento en rueda efectuadas en fase sumarial por M. el 13 y el 14-11-91, ambas realizadas en Juzgados de Instrucción distintos y formados con sujetos diferentes en los que sus componentes eran marroquíes a excepción de uno en la última rueda.
[…]
 FALLO 
 
Debemos condenar y condenamos a  Ahmed Tommouch [sic] y Abderrazak Mounib como autores responsables de los siguientes delitos, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal; a) de un delito de robo con violación, precedentemente definido a la pena para cada uno de ellos de 27 años de Reclusión Mayor; a) de otro delito de violación también definido, a la pena para cada uno de ellos de doce años y un día de Reclusión menor; c) de un  delito de detenicón ilegal, asimismo definido, a la pena para cada uno de ellos de 6 años y un día de Presión Mayor; d) de un delito de lesiones, ya definido, a la pena para cada uno de ellos de 3 años de presión menor; e) de otro delito de lesiones, también definido a la pena para cada uno de 3 años menor, a las accesorias en todos los supuestos de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante su condena y al pago de 10/12 partes de las cosatas procesales incluidas las de la acusación particular, con aplicación de la regla 2ª del art. 70 del C.P.
***
FUENTES de las citas:
 
 
I.- Informe médico-forense,  Martorell, 6 de noviembre de 1991.
II.-  Rueda de reconocimiento, Terrassa, 13 de Noviembre de 1991.
III.- Rueda de reconocimiento, Barcelona, 14 de Noviembre de 1991.
IV.- Auto de Procesamiento, Martorell a 10 de Abril de 1992.
V.- Declaración de Abderrazak Mounib, Martorell, 24 de abril de 1992.
 VI.-Declaración de Ahmed Tommouhi, Martorell, 24 de abril de 1992.
VII.- Recurso de Reforma y Subsidiario de Apelación, Xavier Castellvell I Diez, abogado de Abderrazak Mounib. Martorell, 27 de Abril de 1992. 
VIII.- Recurso de Reforma y Subsidiario de Apelación: Desiderio Fernández Martínez, abogado de Ahmed Tommouhi. Martorell, 27 de Abril de 1992.
IX.- Declaración de JJ, Martorell, 19 de mayo de 1992.
X.- Declaración de M., Martorell, 19 de mayo de 1992.
XI.-  Auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Martorell, 27 de mayo de 1992.
XII.-  Escrito al juzgado, Xavier Castellvell i Diez.  Martorell a 21 de setiembre de 1992.
XIII .- Acta del Juicio Oral, Sección Quinta, 23 Marzo de 1994.
XIV.- Informe aportado a la causa y dado por reproducido en la vista oral, 23 de Marzo de 1994.
XV.- Acta del juicio oral, 18 de abril de 1994.
XVI.- Informe del Equipo de Policía Judicial de Blanes  aportado a la causa y dado por reproducido en la vista oral el 18 de abril de 1994.
XVII.- Informe del Equipo de Policía Judicial de Blanes  aportado a la causa y dado por reproducido en la vista oral el 18 de abril de 1994). 
XVIII.- Acta del Juicio Oral, 18 de abril de 1994.
XIX.- Sentencia de la Sección 5ª, 22 de abril de 1994.
 
 
 
 

 

Paisaje reflexivo (aforismo)

El callejón del gato, lleno de espejos sin mundo, no tiene salida.

Pájaro no-azul

Si al leer el título de esta entrada, lo primero que se les viene a la cabeza es un pájaro azul, entonces García Calvo llevaba razón y yo entendí lo que razonaba.

Agustín García Calvo mantiene una tertulia desde hace 40 años. Empezó, creo, en la calle del Desengaño, antes de que lo echaran de la universidad, y ahora está en la Sala La Cacharrería del Ateneo,  en Madrid. Durante su exilio, se la llevó a la Boule D’Or, entre ontólogos y delincuentes que vivían en París. La mejor descripción que yo he leído sobre esa tertulia está –mal que le pese a Bea– en Mira por dónde, las memorias de Fernando Savater, asiduo durante los años en que allí leían a los presocráticos. Savater llega a decir que aquello fue, junto con las clases de Lévi-Strauss, la experiencia intelectual más deslumbrante a la que ha asistido.  

Durante un tiempo, los miércoles por la tarde dejaba lo que estaba haciendo y me iba para allá antes de las 20:30. Si Ferlosio dice que a él lo que le gusta es tejer, no hacer jerseys; de García Calvo podría decirse que lo único que le entretiene es destejerlos. Así que procura hablar contra cualquier cosa de la que se pueda hablar, porque de lo verdaderamente bueno no se habla. Lógicamente.

Una tarde estaba hablando, me parece, de cómo la filosofía y la ciencia son ejercicios al servicio de la positividad: que todo lo que dicen contribuye, fundamentalmente, a realizar aquello de lo que hablan, incluso cuando pretenden criticarlo. Que le parecía que el caso de lenguaje que mejor servía a la negatividad buscada sería la poesía, y que ni siquiera. 

Todo eso oía yo sin entender nada del todo, cuando puso un ejemplo que me pareció clarísimo. Incluso cuando decimos pájaro no-azul, es inevitable que imaginemos, precisamente, un pájaro azul, vino a decir. 

Bueno, pues de eso me acuerdo cada vez que leo el interrogatorio al que sometió el juez de guardia, Andres Salcedo Velasco, a Tommouhi y Mounib el 14 de noviembre de 1991. Este runrún:

-Preguntado sobre si se reconoce autor de la violación de G. S. y N. F. sobre las ocho del 8-11-91 en  Esplugas, [manifiesta] que no ha estado nunca en ese pueblo y que no ha cometido el hecho.

Preguntado sobre si se declara autor de la violación de S. V. y R. B. el 10 de noviembre de 1991, digo 9 de noviembre de 1991, en el campo de fútbol de La Secuita (Tarragona), [manifiesta] que no tiene coche y que nunca ha estado en La Secuita ni conoce Tarragona.

Preguntado sobre si se reconoce autor de la violación de J. R. a las 0:30 horas de noviembre de 1991, en la carretera de Las Cabañas a la Pelegrina de Vilafranca del Penedès, manifiesta: que nunca ha estado en ese pueblo ni lo conoce.

[Etc, etc.]

Así hasta siete veces. Dejo a un lado ahora que el juez no sabía ni el día en que se habían cometido alguna de las violaciones (las de «Esplugas» –Cornellà, en verdad– habían ocurrido 24 horas antes de lo que dice el enunciado de su pregunta), lo que, por cierto, tuvo graves consecuencias en este caso –el acusado no tenía ese viernes 8 la coartada que sí tenía el día anterior: el jueves había vuelto antes a casa de su hermano–; y que da por violadas a chicas, como J. R., y más abajo de lo que reproduzco aquí, a  Y. S. de Terrassa, que nunca lo fueron. Es excesivo incluso para un juzgado de guardia.

Un esfuerzo de abstracción para trasladarse a 1991, cuando nadie sabía  lo que sabemos hoy –nadie salvo los acusados–, y se ve cómo la propia formulación de la pregunta, esa repetición monótona del término «violación», interpelándolos, contribuye a realizar la sospecha de que, efectivamente, ellos eran los violadores. Decir es hacer, y es diciéndolo como va uno haciéndose a la idea.

Luego está el otro problema: las posibilidades de respuesta que brinda ese tipo de preguntas no permiten en ningún caso distinguir a un inocente que dice la verdad de un culpable que miente, pues ambos dirán que «no», lo cual es absolutamente indemostrable.

Al revés te lo digo para que me entiendas: «¿dónde estaba usted el 5 de Noviembre a las 23.00 horas?» El culpable y el inocente podrían así empezar a distinguirse, explicando dónde estaban, qué hacían, con quién, desde cuándo y cómo habían llegado hasta allí, variantes que, ahora sí, despliegan una serie de coordenadas que sirven no sólo para cribar la coherencia del relato, sino sobre todo, para verificar su correspondencia material.  

Una última antigualla: El interrogatorio  debería ser antes que nada un derecho del imputado: «tiene la única función de dar materialmente vida al juicio contradictorio y permitir al imputado refutar la acusación o aducir argumentos para justificarse» (Ferrajoli, Derecho y Razón. Trota: p. 607)

Da vergüenza tener que volver sobre algo que sabe hasta el último lector de novela policíaca. Pero hasta ahí hay que bajar para darle la vuelta, en este caso, a este Estado de Derecho y este Mundo del Revés.

La prosa «en» el mundo

La hipótesis de fondo sobre la que se articula el libro es que este caso muestra lo que ocurre cuando la desconexión entre lo real y su representación, la palabra y el mundo, el verbo y su carne, se produce en concreto. Esa desconexión es la verdadera novedad. Lo que ocurre es que no hay forma material de ponerle remedio, puesto que no hay nada ni nadie que medie entre los argumentos que puedan alegarse y las consecuencias que se desencadenan. El mundo se derrumba mientras hablamos del mundo que se derrumba mientras hablamos. En esa espiral malvive Ahmed Tommouhi y murió Abderrazak Mounib.

De lo que vengo a hablar ahora, sin embargo, es de los diferentes modos en que el estilo del libro, que es su método, se despliega para restablecer esa conexión. Más allá de la doble transparencia, de la que ya hablé, de algunas otras técnicas que voy poniendo en marcha, casi sin saberlo, para solucionar el gran problema: fundir el relato y aquello de lo que habla. Éstas:

-La primera frase no debe entretenerse con prolegómenos de ningún tipo (ni siquiera el más honrado: el narrador saluda, se sitúa y empieza a contar); la frase final no puede ser broche de nada. Éste es un reportaje abierto por delante y por detrás. Empieza y termina sólo porque el lector abre y cierra el libro, pero no porque sea orígen ni final de nada: el autor recoge el testigo y al final estira el brazo y ofrece su testimonio: ¡escribo sólo pensando en las consecuencias!

-La segunda parte (Deshechos) empieza con tres hilos bien diferenciados, que se van trenzando, contaminándose, hasta hacerse indistinguibles. La voz del autor, ése que pasaba por allí y que acaba metiéndose donde no le importa, como en cualquier conversación, va filtrándose lentamente, ganando confianza y familiaridad (naturalidad, por tanto), con los otros dos hilos (la palabra sin mundo y el mundo sin palabra). El autor como intermediario.

-Los protagonistas aparecen con sus nombres. El nombre propio permite señalar con el dedo, es decir,  pasar subrepticiamente del mundo del que se habla al mundo en el que se habla: del libro a la vidaAsí, la inicial bajo la que aparecen las víctimas de las violaciones es un caso in extremis de esa bisagra. 

-Los extractos de documentos, antes que su transcripción, se insertan escaneados: las frases que los introducen y que los recogen se funden,  cuando se puede, con el fragmento; hasta el punto de que la cita pueda no ser más que parte de una frase que se completa en el texto del relato.

-Las citas del sumario que son verdad van entrecomilladas «en la misma caja de texto» que el relato;

«Las que son falsas, en caja aparte, como ésta«.

-El lector, su razón, es interpelada directamente. Esto se consigue indirectamente: afeitando el texto de sobreentendidos, opiniones, subrayados, sentimentalismos y golpes en el pecho; esto es, mostrándole hechos, documentos, citas, pero sin conclusiones. Mi ideal es que el lector me insulte por contar lo que cuento sin inmutarme. A ver si consigo que se inmute él. Por fin, dicho sea al pasar, he logrado montar un capítulo sólo con citas. El lector atento debe poder adelantar –y acertar– la tesis de la tercera parte (hechos nuevos) sin más obstáculo que el escepticismo que habrá ido acumulando con el paso, por fuera y por dentro de las páginas, del tiempo y su experiencia.

Todo esto respecto del estilo; respecto del método, que es el estilo, todo se reduce a lo mismo: verificación.

«Vale, no me peguéis más: soy un elefante», dijo el conejo

El Acido Desoxirribonucléico (ADN) fue descodificado por primera vez para identificar a un violador en 1987. Colin Pitchfork, un panadero de Narborough, en el condado de Leicester (Inglaterra), había violado y asesinado a dos chicas del pueblo en 1983 y 1986, y así quedó probado gracias a la huella genética y a un amigo suyo que hablaba demasiado.
 
El primer sospechoso que manejó la policía, Richard Buckland, tenía 17 años, era del pueblo, conocía a Dawn Ashworth, la segunda víctima, y en los interrogatorios había desvelado detalles sobre el cuerpo de la chica, de 15 años, que llamaron la atención de los investigadores. Buckland acabó confesando, en interrogatorios posteriores, que él había asesinado a Dawn, aunque no admitió el asesinato de Lynda Mann, también de 15 años.
 
Tres años antes, Alec Jeffreys, un genetista de la Universidad de Leicester, había descubierto por casualidad que aunque la secuencia completa de ADN en su inmensa mayoría es común a todos los seres humanos, hay pequeñas regiones que son altamente variables, llamadas microsatélites, cuyo análisis podía llegar a identificar un individuo a través de su huella genética. Tenía pensado hacerlo público en un seminario en otoño de 1984, pero un accidente doméstico de su hija pequeña le impidió participar. Una mención pública de su descubrimiento, antes de haber tramitado la solicitud de la patente, le habría hecho perder los derechos de acuerdo a la legislación británica.  El descubrimiento fue patentado y publicado finalmente en 1985, en el número 314 de Nature.
                                                                                                                                                                                     Cuando Buckland confesó, los análisis de Jeffreys ya habían permitido  a un chico ghanés regresar a Inglaterra para vivir con su madre.  Las autoridades antiinmigración exigían una prueba que demostrara que era hijo de la ciudadana británica que lo esperaba. El ADN probó que era cierto. La policía británica, por su parte, estaba convencida de que Richard Buckland era también el asesino de Lynda, la segunda víctima, así que pidió al laboratorio de Jeffreys comparar las muestras de semen recuperadas en ambos cuerpos con la sangre de Buckland. La prueba perfiló que las dos muestras de semen eran del mismo hombre, y que ese hombre no era el confeso Richard Buckland.
 
La estrategia siguiente, consensuada entre la policía y el Servicio de Ciencia Forense (FSS, en inglés), consistió en invitar a los hombres del pueblo a someterse voluntariamente a un análisis de ADN. Deseosos de demostrar su inocencia, unos 5.000 hombres se dejaron tomar muestras de saliva o sangre.  Ninguno de los perfiles coincidía con el semen de las violaciones. Meses después, uno de los voluntarios, Ian Kelly, se jactó en público de haber ganado 200 libras esterlinas aportando muestras a  nombre de un amigo suyo, y dijo el nombre: Colin Pitchfork, condenado el 22 de enero de 1988 a cadena perpetua, fue el primer culpable identificado gracias a una prueba de ADN. Richard Buckland, el primer inocente exonerado.
                                                                                                                                                                           
En EE UU,  223 condenados –muchos de ellos a muerte– han visto reconocida su inocencia gracias al ADN y  a  Proyecto Inocencia desde 1992.  En España no hay registro.